SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0335/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0335/2017-S3

Fecha: 20-Abr-2017

iii)

iii)         Cuando la petición se produzca entre autoridades o funcionarios de distintos gobiernos o entidades estatales. Situación que en el marco del Estado autonómico, con el reconocimiento de la existencia de varios niveles estatales con cualidad gubernativa, abre un escenario de gestión institucional diferente, cimentado en el concepto que en la doctrina se materializa en la teoría de las relaciones intergubernamentales, regulado a partir de los principios que rigen a la organización territorial del Estado, específicamente los referidos a la unidad, solidaridad, complementariedad, reciprocidad, coordinación y lealtad institucional, desarrollados por los arts. 5 y 120 al 124 de la LMAD.

El concepto de “relaciones intergubernamentales” prenombrado hace referencia al “…conjunto de nexos e intercambios emergentes de la interrelación entre los distintos niveles de gobierno, instancias en las que se determinan políticas y estrategias generales de desarrollo en circunscripciones territoriales determinadas”. Asimismo, se comprenden como el tipo de relaciones que tienen los diferentes niveles de gobierno dentro de un mismo Estado, así como aquellas que se dan entre iguales niveles de gobierno.