SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0357/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0357/2017-S1

Fecha: 21-Abr-2017

bajo apercibimiento de no considerar el memorial y tenerlo como no presentado

En efecto del examen del expediente, se evidencia que a través de los memoriales presentados el 23 de julio de 2015 y 14 de agosto del mismo año (Conclusiones II.3 y II.5), los representantes de la Comunidad ahora accionante, se apersonaron ante la Sala Primera del Tribunal Agroambiental, solicitando intervenir como terceros interesados dentro del mencionado proceso contencioso administrativo, adjuntando a tal efecto Actas de: Primer congreso Fundacional ordinario Conjunto de Centrales provincia Guarayos, Reuniones, de Fundación; Nómina de afiliación de la Comunidad Campesina El Cóndor del departamento de Santa Cruz, Plano de parcelamiento, Personalidad jurídica y Certificado de registro de la indicada comunidad; y, en el segundo memorial, acompañando idéntica documentación agregando una copia de la impugnada RS 14201. A ambos memoriales les correspondió el respectivo decreto, en el primer caso, a través del proveído de 24 de julio de 2015 (Conclusión II.3), que otorgaba a la parte accionante, el plazo de tres días hábiles, para que aclare y justifique su intervención en calidad de tercero, bajo apercibimiento de no considerar el memorial y tenerlo como no presentado.