SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0357/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0357/2017-S1

Fecha: 21-Abr-2017

i)

Elvira Lucía Achu Quispe, Carla Fedra Vargas Mendoza, María Eugenia Gareca Llano y Marco Antonio Camacho Montero, en representación legal de Jhonny Oscar Cordero Nuñez, Director Nacional a.i. del INRA,  mediante memorial presentado el 17 de febrero de 2017, cursante de fs. 209 a 210 vta., y en audiencia señalaron que: i) Se adherían a la acción tutelar en revisión, considerando que el Tribunal Agroambiental debió admitir el apersonamiento y condición de tercero interesado, de la parte ahora accionante dando respuesta expresa al petitorio del memorial presentado; por lo que, consideró que igualmente se transgredió el derecho a la petición; ii) Agregaron que la Sentencia Agroambiental Nacional S1a 58/2016, vulneró también los derechos al debido proceso y la defensa, pues en el proceso contencioso administrativo, no se citó al INRA, ni se requirió la información oficial sobre las zonas con la que se contaba; y, iii) La omisión de citar al INRA, se produjó sin considerar que dicha entidad fue la ejecutora del proceso de saneamiento, limitándose indebidamente a notificar al Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia y el Ministro de Desarrollo Rural y Tierras que firmaron la Resolución Final de Saneamiento; por lo que solicitaron se conceda la tutela.