SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0357/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0357/2017-S1

Fecha: 21-Abr-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Las autoridades ahora demandadas, mediante Sentencia Agroambiental Nacional S1a 58/2016 de 29 de julio, declararon probada la demanda contencioso administrativa –interpuesta en contra de la Resolución Suprema (RS) 14201 de 19 de enero de 2015, pronunciada dentro del proceso de Saneamiento del predio denominado “Peña Blanca II”–. Acusó la falta de fundamentación y motivación de la citada Sentencia, pues pese a haberse apersonado y solicitado intervenir en calidad de tercero interesado, (presentando documentación a tal efecto), los Magistrados demandados, emitieron su pronunciamiento sin manifestarse sobre su petición, ni compulsar integralmente las pruebas que presentó.

Agregó que le llamó la atención la falta de pronunciamiento; toda vez que, acreditó su legítimo interés, demostrando la personalidad jurídica de la Comunidad Campesina El Cóndor del departamento de Santa Cruz –a la que representa–, que se encontraba ubicada dentro del predio que era objeto de la demanda contenciosa (donde tienen sus viviendas, familias y sus hijos pasan clases en la unidad educativa del lugar); comunidad que, además participó activamente del proceso de saneamiento. Agregó que la falta de consideración de su participación y la no valoración de la documentación presentada a tal efecto, desconoció el “…trabajo como fuente fundamental para la adquisición y conservación de la propiedad agraria…” (sic).