SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0426/2017-S1
Fecha: 19-May-2017
efectiva
En este entendido, cuando el sujeto pasivo sea la Administración Pública, este deberá tomar en cuenta el contexto social en el que se desenvuelve la, el, las o los peticionarios, lo cual se refiere a la forma en la que ellos se comunican, con el objeto de materializar la respuesta en la forma más conveniente para ellos; debiendo utilizar todas las medidas necesarias para garantizar el ejercicio del derecho a la petición, desde una visión plural de la situación del que la ejerce, al adecuarse al contexto de éste, puesto que dentro del modelo del Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, se constituye en una obligación y un fin del mismo la efectivización de los derechos y garantías constitucionales, enmarcado en principios y valores, debiendo promover en sus actuaciones el respeto de la interculturalidad, a fin de respetar la situación social en la que se desenvuelve la sociedad boliviana y sus organizaciones sociales, al ser plural, en consecuencia para ello debe poner en acción toda su estructura organizativa estatal; toda vez que, su función es justamente defender los intereses de la sociedad y manejar la cosa pública enmarcada a los valores y principios supremos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- I.2.3. Informe del tercer interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III.
- III.1.Sobre el nuevo contexto constitucional desde una visión plural
- i)
- III.2. Sobre la acción de amparo constitucional
- III.3. Enfoque del derecho de petición desde el sistema de protección del Derecho Internacional de Derechos Humanos
- III.3. El derecho de petición en el contexto del Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario
- II.
- 1)
- efectiva
- III.4. Análisis del caso concreto
- pronta y oportuna
- deber
- el peticionante obtenga una respuesta formal y escrita, que debe ser necesariamente comunicada o notificada
- oportuna,
- REVOCAR
- Corte Interamericana de Derechos Humanos