SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0490/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0490/2017-S3

Fecha: 01-Jun-2017

II.2.

II.2.  Por Auto 150/15 de 30 de noviembre de 2015, el entonces Juez de Partido de Familia Cuarto de la Capital del departamento de Santa Cruz, ordenó que:      i) La ahora tercera interesada restituya el 50% de los alquileres recibidos en la suma de $us3 500.- (tres mil quinientos dólares estadounidenses) más el 50% de la suma recibida de Bs16 000.- (dieciséis mil bolivianos) más Bs11 000.- (once mil bolivianos) haciendo un total de Bs27 000.- (veinte siete mil bolivianos) sin intereses a favor del ahora accionante; ii) El nombrado deberá restituir el 50% de $us13 495.- a favor de la tercera interesada, por concepto de cancelación de contrato de préstamo de dinero y consiguiente liberación de gravamen suscrito en el ex Banco “BigBeni”, pudiendo compensar las deudas; y, iii) La división del inmueble referido ubicado en la ciudad de Nuestra Señora de La Paz, siempre que siga perteneciendo a la comunidad de gananciales; así como de las acciones de las Sociedades “NOVACOR Ltda.” y “Guzmán y Asociados Ltda.”, previas formalidades de ley (fs. 13 a 15 vta.).