SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0646/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0646/2017-S2

Fecha: 19-Jun-2017

concedió

La Jueza Pública de la Niñez y Adolescencia Segunda del departamento de Santa Cruz, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución de 8 de mayo de 2017, cursante de fs. 549 a 557 vta., concedió la tutela solicitada, resolviendo dejar sin efecto la RA JER-03/2016, emitida por el Viceministro de Comercio Interno y Exportaciones; en consecuencia, se ordenó se dicte un nuevo fallo, que disponga el reconocimiento de TOYOSA S.A., como distribuidor exclusivo y licenciatario de uso de la marca TOYOTA en el territorio nacional, mientras tanto el Tribunal Supremo de Justicia emita una resolución, y se de curso a las medidas de frontera y acción de infracción interpuestas, determinando la prohibición de que terceros no puedan importar vehículos, partes o repuestos nuevos de la marca TOYOTA; Resolución que se fundó en los siguientes fundamentos: i) Respecto al principio de seguridad jurídica, en el régimen constitucional anterior era un derecho fundamental, a partir de la actual Constitución Política del Estado, se considera un principio; en ese sentido, no es objeto de tutela a través de la acción de amparo constitucional; ii) Con relación a la prueba presentada por el tercero interesado, respecto al Auto Supremo 67/2016 de 13 de julio, dictado por el Tribunal Supremo de Justicia, que dispone la remisión en consulta pre-judicial ante el Tribunal de Justicia de la CAN, problemática que no es objeto de la presente acción; y, iii) La parte accionante tiene licencia como distribuidor o licenciatario para la venta del producto marca TOYOTA, más no el uso de la marca con relación a los productos, aspecto que fue mal interpretado por el SENAPI, al momento de la extensión de la licencia mediante la Resolución DPI/SD/LU- 337/2011, cuando dijo en su Artículo Único registrar la licencia de uso de la marca TOYOTA, cuando lo que debió decir era registrar la licencia al distribuidor TOYOSA S.A., la exclusividad de ventas de vehículo marca TOYOTA y sus repuestos en el Estado Plurinacional de Bolivia, conforme las cláusulas del contrato, lo cual vulneró la garantía de la congruencia de toda la Resolución, dentro de la motivación y fundamentación.