SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0808/2017-S3
Fecha: 23-Ago-2017
I.2.3. Intervención de los terceros interesados
El Viceministerio de Transparencia y Lucha contra la Corrupción, a través de su representante, apersonándose mediante escrito presentado el 30 de mayo de 2017, cursante a fs. 231, y en audiencia, pidió se deniegue la tutela solicitada, señalando que la acción de amparo constitucional cae en un vacío jurídico de fundamentación, toda vez que no se expresa claramente qué incidente y excepción dentro del proceso penal tienen relevancia constitucional, ni el daño -que se le produjo-.
Luis Fernando Vaca Diez Bowles y Edil Aponte Roca, a través de su representante, en audiencia refirieron que cursa un incidente de nulidad presentado de su parte donde se ataca un presunto defecto absoluto de una acusación, y pidieron se conceda la tutela constitucional por carecer la resolución impugnada de la debida fundamentación legal.
Guillermina Montero Vda. de Paniagua -por el difunto Oscar Toribio Paniagua Álvarez-, “Aida Avendaño Gonzáles” y Alex Wilson Barriga Rojas se adhirieron a lo manifestado por el representante de los terceros interesados arriba nombrados, solicitando igualmente la concesión de la tutela constitucional.
- acción de amparo constitucional
- imputación formal
- Resolución de Sobreseimiento
- nulidad de la revocatoria de sobreseimiento
- 8 de septiembre
- el 27 de septiembre de 2016, se apersonó ante dicho Juzgado y solicitó expresamente se retire a su persona de la acusación formal
- Auto de Vista 99 de 30 de igual mes y año
- se deje sin efecto el Auto de Vista 99 de 30 de noviembre de 2016
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- a)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i)
- solo resulta exigible sino una precisa presentación por parte de los accionantes que muestre a la justicia constitucional de por qué la interpretación desarrollada por las autoridades, vulnera derechos y garantías previstos por la Constitución, a saber en tres dimensiones distintas: a)
- III.2. Análisis del caso concreto
- acusación formal
- acusación formal de 28 de mayo de 2013
- CONFIRMAR