Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0808/2017-S3
Fecha: 23-Ago-2017
imputación formal
Dentro del proceso penal instaurado contra su persona y otros, por el Ministerio Público a denuncia del Viceministerio de Transparencia y Lucha contra la Corrupción por la presunta comisión de los delitos de incumplimiento de deberes y otros; luego de la imputación formal interpuesta en su contra, el 3 de noviembre de 2011, presentó una excepción de falta de acción que fue declarada probada por la Jueza de Instrucción Penal Quinta de la Capital del departamento de Santa Cruz mediante Resolución 186/2012 de 30 de abril, la cual tras ser objetada por la parte acusadora, fue confirmada mediante Auto de Vista 312 de 3 de diciembre de 2014.
- acción de amparo constitucional
- imputación formal
- Resolución de Sobreseimiento
- nulidad de la revocatoria de sobreseimiento
- 8 de septiembre
- el 27 de septiembre de 2016, se apersonó ante dicho Juzgado y solicitó expresamente se retire a su persona de la acusación formal
- Auto de Vista 99 de 30 de igual mes y año
- se deje sin efecto el Auto de Vista 99 de 30 de noviembre de 2016
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- a)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i)
- solo resulta exigible sino una precisa presentación por parte de los accionantes que muestre a la justicia constitucional de por qué la interpretación desarrollada por las autoridades, vulnera derechos y garantías previstos por la Constitución, a saber en tres dimensiones distintas: a)
- III.2. Análisis del caso concreto
- acusación formal
- acusación formal de 28 de mayo de 2013
- CONFIRMAR