SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0995/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0995/2017-S3

Fecha: 29-Sep-2017

II.4.

II.4.  Consta Auto de Vista 87 de 9 de mayo de 2017, por el cual Sigfrido Soleto Gualoa y William Torrez Tordoya, Vocales de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz -hoy demandados-, declararon inadmisible el recurso de apelación planteado el 15 de marzo de igual año, determinando que de acuerdo al art. 17.I de la LOJ y 399 del CPP, si el recurso es inadmisible se rechazará sin pronunciarse en el fondo, y en el presente caso los recurrentes no indicaron los aspectos cuestionados de la resolución y debe ser fundamentado por escrito con expresión de agravios; aspecto ausente en el caso de autos porque no cita cuál es la norma transgredida a fin de que se abra competencia el Tribunal de alzada, conforme prevé el art. 398 del citado Código (fs. 4).