SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0995/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0995/2017-S3

Fecha: 29-Sep-2017

v)

v)      El Juez a quo invocó el art. 1311 del CC para rechazar la excepción planteada; sin embargo, en materia penal no es imprescindible presentar originales o fotocopias legalizadas en calidad de prueba, esta debe producirse en juicio, además que los art. “308” con relación al “314” establecen que la prueba debe ser idónea.