SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0995/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0995/2017-S3

Fecha: 29-Sep-2017

no justificaron razonablemente su decisión asumida conforme a la jurisprudencia constitucional

Desarrollados así los antecedentes y argumentos expuestos por los accionantes y analizado el Auto de Vista 87/2017, dictado por los Vocales demandados, se colige que estos al dictar el fallo de apelación, no justificaron razonablemente su decisión asumida conforme a la jurisprudencia constitucional desarrollada en el Fundamento Jurídico III.1. de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, la cual señala que la exigencia de motivación y fundamentación de las resoluciones judiciales, es una obligación a ser cumplida por las autoridades a tiempo de emitir sus fallos, en los cuales enunciarán los motivos de hecho y derecho, base de sus decisiones y el valor otorgado a los medios de prueba, no siendo exigible una exposición amplia de consideraciones y citas legales, sino una estructura de forma y de fondo, en la que los motivos sean expuestos de manera concisa y clara, satisfaciendo los puntos demandados.