SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0645/2018-S1
Fecha: 22-Oct-2018
j)
j) Como consecuencia de la excepción de incompetencia, la etapa preliminar fue suspendida por más de siete meses, periodo en el cual no se efectuó ningún acto investigativo, siendo la audiencia de inspección una prueba relevante y al no haberla realizado vulneró el principio de igualdad de las partes y objetividad, por lo cual era obligación de las Fiscales de Materia ahora demandadas desplegar todas las medidas conducentes al esclarecimiento del hecho; sin embargo, las mismas no desarrollaron investigación alguna tendiente a determinar la verdad material del hecho, asumiendo un rol totalmente pasivo, esperando que su persona en su condición de víctima aporte los elementos de convicción, y que habiéndolos aportado tampoco fueron valorados, vulnerando lo establecido por los arts. 70 del CPP, 3 y 12.2 de la Ley Orgánica de Ministerio Público (LOMP);
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos, garantías y principios supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III.1. Sobre la motivación y fundamentación de las resoluciones emitidas por el Ministerio Público
- Fragmento 12
- III.2. Principio de congruencia
- primer punto
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- g)
- h)
- j)
- l)
- m)
- 2)
- 6)
- 7)
- 9)
- 10)
- segundo aspecto
- tercer punto del objeto procesal
- cuarto punto del objeto procesal
- quinto punto del objeto procesal
- primer punto del objeto procesal
- sexto y último punto del objeto procesal
- III.4. Otras consideraciones
- REVOCAR en parte
- 2° DENEGAR