SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0701/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0701/2018-S1

Fecha: 05-Nov-2018

II.3.2.

II.3.2. A través del Memorando RR.HH. S.D.C. 0043/2017 de 29 de mayo, el accionante fue pasible a una tercera severa llamada de atención, en aplicación de los arts. 21 y 23 del Reglamento Interno de Personal del SEDECA, indicando habría “…causado intranquilidad y/o malestar dentro de la institución que debe existir en el normal desarrollo de las actividades laborales…” (sic), recomendándole nuevamente tomar más seriedad en su trabajo y que en caso de acontecer una nueva falta se aplicarían sanciones más drásticas de acuerdo a la normativa vigente del SEDECA, lo cual afectaría negativamente en su evaluación de desempeño en sus actividades (fs. 13).