SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0701/2018-S1
Fecha: 05-Nov-2018
II.4.1.
II.4.1. La referida acción de amparo fue resuelta por el Juez Público Civil y Comercial Segundo del departamento de Tarija, mediante Resolución de 25 de mayo de 2017, denegando la tutela; misma que en revisión ante el Tribunal Constitucional Plurinacional, a través de la SCP 0679/2017-S3 de 17 de julio, se confirmó la denegatoria bajo el siguiente fundamento: “…no se constata desconocimiento del derecho de inamovilidad laboral del accionante por ser padre progenitor, toda vez que no se ha afectado su nivel salarial, ni se le ha privado del mismo, puesto que si bien a través del Memorando DIR SDC O.R.M.A. 00138/2017, la autoridad demandada dispuso una reasignación de funciones el 24 de marzo de 2017, a efecto de que el accionante ocupe el cargo de Encargado de Microempresas, las nuevas funciones respetaron el nivel salarial dentro de la Categoría de Operativo, Profesional I; funciones que se encuentran dentro de la Estructura de Cargos del SEDECA en nivel ocho, y dentro del mismo grupo, nivel salarial, y conforme al Contrato Individual de Trabajo 098/2017 suscrito con esa entidad el 3 de enero de 2017; extremo que también se encuentra acreditado con las papeletas de pago de enero a abril de ese año, en las cuales no se advierte cambio de nivel o disminución en el haber básico del hoy accionante” (fs. 202 a 210).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principio supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.2.1.
- II.3.
- II.3.1.
- II.3.2.
- II.4.
- II.4.1.
- II.5.
- II.5.1.
- II.5.2.
- II.5.3.
- II.5.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 4. Relación de los hechos.
- petitum es entendido como el núcleo mismo de la pretensión
- debe encontrarse directamente relacionada con los hechos de la causa, existiendo una relación entre ambos, pues esta, determinará y delimitará la concesión del juez o tribunal de garantías en la acción planteada, porque solamente puede conferir lo que se solicita
- en requisitos formales esenciales y aquellos presupuestos eventuales.
- los requisitos de forma esenciales
- Fragmento 28
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 30
- CONFIRMAR