SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0818/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0818/2018-S1

Fecha: 05-Dic-2018

Fragmento 16

           La protección reforzada de estos derechos primigenios, ha sido desarrollada por la SCP 0129/2015-S3 de 10 de febrero, estableciendo que: «... La Constitución Política del Estado consagra el derecho a la vida como un derecho fundamental en el art. 15.I. indicando que: “Toda persona tiene derecho a la vida…”, constituyendo así el derecho que tiene toda persona al ser y a la existencia, cuyo valor o bien jurídico protegido es la vida humana que tiene como núcleo fundamental a la dignidad. Por ello, su titularidad corresponde a todos los seres humanos y es en este sentido, que el Estado está obligado no solamente a su respeto, sino a su protección, creando condiciones indispensables para su observación y cumplimiento.