SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0818/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0818/2018-S1

Fecha: 05-Dic-2018

II.8.

II.8.    Consta acta de audiencia de medida cautelar de 4 de septiembre de 2018, en el Juzgado Publico Mixto Civil y Comercial y de Familia Primero de Caranavi del departamento de La Paz, oportunidad en la cual el titular del mismo dispuso las siguientes medidas cautelares: a) La prohibición en forma total a los tíos de los menores AA y CC de acercarse al colegio o interrelacionarse con ellos, en aplicación del art. 281.II inc. d) del CF;
b) La prohibición en forma total a los tíos de los referidos menores a sacar fotografías o instigar en los mismos para que tomen una decisión negativa en relación a la guarda que ejerce su progenitora sobre ellos; c) Por el departamento de Psicología de la Niñez y Adolescencia al realizar la evaluación psicológica debe averiguar si los menores AA, BB y CC están siendo objeto de instigación y ofrecimiento de dinero para que se vayan donde su progenitor; y, d) Por el citado departamento de Psicología de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia se pregunte a los menores si quieren quedarse con su mamá o quieren una familia ampliada; toda vez que, el hoy representante de los accionantes se encuentra con medida cautelar emitida por el Juez de la causa (fs. 54 a 56).