SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0075/2018-S1
Fecha: 23-Mar-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes alegan como vulnerados sus derechos al debido proceso, a la defensa en su vertiente de ser oído antes de cada decisión judicial; y, a la “seguridad jurídica”; toda vez que, emergente del rechazo in limine a la recusación formulada contra uno de los miembros del Tribunal de alzada -donde radicó la apelación restringida interpuesta por la UAGRM-, de forma ilegal y arbitraria se les impuso la multa de tres (3) días de haber de un Juez Técnico, y sin considerar que uno de los abogados -hoy accionante- no firmó el memorial de recusación, encontrándose únicamente presente en la audiencia de fundamentación oral y que el otro coaccionante asumió la calidad de Representante Legal del Rector de dicha Universidad, y que conforme al art. 39 de la LACG no es permisible la imposición de multas o costas en desmedro de los recursos públicos y como consecuencia de ello tampoco se les puede obligar a pagar la multa al ser dependientes de la UAGRM y no haber actuado en un caso particular; al margen de que el rechazo in limine dispuesto -del cual devino la multa hoy cuestionada- fue asumido unilateralmente por el Vocal recusado -hoy codemandado- dándose un trámite distinto al art. 320.2 del CPP, y sin que se realice valoración alguna de los elementos probatorios presentados incumpliéndose el art. 173 del mismo Código; determinación que no obstante ser objeto de reclamación posterior fue mantenida por el otro Vocal -hoy demandado-, quien denegó su solicitud sin considerar de manera legal los fundamentos expuestos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- Fragmento 6
- i)
- DENEGATORIA DE LA TUTELA POR LA IMPROCEDENCIA AL CONSTATARSE EL PRINCIPIO DE SUBISDIARIEDAD”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- III.1. Configuración de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 19
- III.
- V.
- III.3. Análisis del caso concreto
- impone una multa
- in
- trae consigo una sanción legal consistente en una multa equivalente a tres (3) días de haber mensual de un Juez técnico y de ser consecutivas esta multa será progresiva
- cuál es el presupuesto legal que en definitiva fue el que sustentó la imposición de la multa a los accionantes
- III.4. Otras consideraciones
- DENEGATORIA DE LA TUTELA POR IMPROCEDENTE AL CONSTATARSE EL PRINCIPIO DE SUBISDIARIEDAD
- REVOCAR en parte
- 2° DISPONER
- 4° Llamar la atención