SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0099/2018-S4
Fecha: 03-Abr-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega la vulneración del debido proceso en sus vertientes de motivación, fundamentación, congruencia, valoración y seguridad jurídica, vinculado al derecho a la libertad; presunción de inocencia y derecho a la certidumbre jurídica, debido a que el Juez, no consideró suficiente los elementos presentados en audiencia de medidas cautelares, ni efectuó un debido razonamiento con relación a la concurrencia de los peligros procesales de fuga y obstaculización, habiendo emitido criterios subjetivos, respecto a lo cual los miembros del Tribunal de apelación ‒ahora demandados‒, agravaron su situación, al aumentar la concurrencia de un peligro procesal más, que no fue fundamentado por el inferior y sin asidero legal omitieron efectuar una adecuada apreciación de la prueba con la que se demostró la ausencia de los referidos riesgos procesales.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- I.2.3. Intervención de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia
- denegó
- 3)
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y los alcances de la revisión de la valoración probatoria
- III.2. La fundamentación y motivación que una resolución judicial debe observar al disponer
- III.3.
- en cuanto al riesgo procesal previsto en el art. 234.10 del CPP
- en consecuencia, tampoco existe lesión de su derecho a la libertad, ligado a su derecho a obtener una debida fundamentación
- resulta lesivo a su derecho a la libertad, ligado estrechamente al derecho a obtener una debida fundamentación
- la inexistencia de omisión valorativa de parte del Tribunal de apelación, en su labor de revisión de los riesgos procesales determinados por el inferior; en consecuencia, no existe lesión de su derecho a la libertad
- no existiendo una indebida fundamentación en relación al derecho a la libertad del imputado.
- se tiene por probada la lesión del derecho a la libertad del imputado
- peligro de obstaculización, previsto en el art. 235.2 del CPP
- no existiendo en este aspecto lesión al derecho a la libertad del imputado, en consideración a su derecho a obtener una debida fundamentación y motivación
- REVOCAR