SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0204/2018-S1
Fecha: 21-May-2018
II.8
II.8 Cursa Informe Técnico SENASAG/JNSV/ARIA/N° 006/2017, de 13 de febrero, con referencia “INFORME TÉCNICO PARA AUTORIZAR LA AMPLIACIÓN DE VIGENCIA A FERTILIZANTES CADUCADOS DESDE EL 2013 HASTA LA FECHA, MEDIANTE RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA” (sic) emitido por el Encargado Nacional de Registro de Insumos Agrícolas, que recomienda y sugiere “Autorizar la ampliación de vigencia de los FERTILIZANTES, Y ACONDICIONARES DE SUELO caducados desde el 2013 hasta la fecha mediante Resolución Administrativa expresa” (sic [fs. 104 a 107]); se tiene CITE/SENASAG/DN/0349/2017 de 13 de abril de 2017 con referencia “RESPUESTA A SU NOTA DE SOLICITUD DE AUDIENCIA – FERTILIZANTES RETENIDOS”(sic), emitido por el Director General Ejecutivo SENASAG, por el cual indica que la normativa referida no contempla la extensión del periodo de validez de fertilizantes sólidos, líquidos y acondicionadores de suelos; como de otros productos químicos de uso agrícola, por ello aquellos productos vencidos no pueden ser comercializados ni distribuidos al público, de la misma manera que el SENASAG decidirá la disposición de los mismos evitando los riesgos a la salud y el medio ambiente, bajo estos antecedentes agendan una reunión para el día lunes 24 de abril de 2017 (fs. 118).
- acción de amparo constitucional
- posteriormente, en fecha 22 de diciembre de 2015, se procedió a anular el Acta de 18 de diciembre de 2015, en esa ocasión se fundamentó la retención en una supuesta infracción del artículo 14 de la Resolución 012/2006 por parte de ADM-SAO
- I.1.2. Derechos y principio supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- 1) “
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7
- II.8
- II.9
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 19
- III.1.
- Así, en materia administrativa, el recurso de impugnación surge contra la decisión de la administración pública, en el que el administrado se sujeta a un procedimiento pre-
- derecho de petición y la pretensión
- Fragmento 23
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 25
- III.3.1. Con relación a la denuncia de vulneración al derecho de petición.
- Fragmento 27
- PRIMERO
- Fragmento 29
- Fragmento 30
- 2° Llamar la atención