SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0204/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0204/2018-S1

Fecha: 21-May-2018

II.9

II.9   Cursan memoriales presentados por la empresa ADM-SAO S.A., el primero de 6 de julio de 2017, solicitando se dicte resolución administrativa (fs. 119 a 122), cuya respuesta fue el 14 de julio de 2017 por el cual determina entre otros que “…teniendo en cuenta que en fecha 02 de Diciembre del año 2015 se emitió la Resolución del Recurso de Revocatoria presentado por su empresa y que hasta la fecha no existe recurso Jerárquico planteado, tal como establece el procedimiento Administrativo Ley No. 2341 y su Decreto Reglamentario, ESTECE a la Resolución del Recurso de Revocatoria SENASAG/JDSC-REC 003/2015, de fecha 02 de diciembre del año 2015, toda vez que no ha agotado la vía administrativa por lo que el procedimiento sancionatorio a terminado con la Resolución del Recurso de Revocatoria de fecha 02/12/2015” (sic [fs. 181]); el segundo memorial de 23 de agosto de igual año, reiterando su solicitud de emisión de resolución (fs. 123 y vta.; 180 y vta.) resuelto el 28 de agosto de 2017, determinando esté a la Resolución del Recurso de Revocatoria SENASAG/JDSC-REC 003/2015, de fecha 2 de diciembre del año 2015; toda vez que, no se agotó la vía administrativa y el proceso sancionador terminó con la Resolución del referido recurso (fs. 182).