SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0314/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0314/2018-S1

Fecha: 09-Jul-2018

III.5.4. Sobre el derecho a la igualdad y no discriminación

Conforme se colige de los Fundamentos Jurídicos III.2, se debe conceptualizar el derecho a la igualdad como “...el derecho de las personas a no sufrir discriminación jurídica alguna, esto es, a no ser tratado de manera diferente con relación a aquellos que se encuentran en la misma situación…” (sic); en el caso de autos, el accionante alega que las autoridades demandadas lesionaron ese derecho al destituirlo como Juez Técnico.

Ahora bien, revisados los antecedentes y conclusiones que informan el presente fallo constitucional, no se advierte que las autoridades demandadas hayan lesionado el derecho a la igualdad y no discriminación; toda vez,  que el impetrante de tutela no adjuntó prueba idónea que demuestre dicho extremo;  por lo señalado no se observa que la actuación de las autoridades demandadas haya lesionado ese derecho, correspondiendo denegar la tutela solicitada.

Finalmente con relación a la denuncia de vulneración de los derechos al trabajo y a la inamovilidad laboral, es pertinente señalar que no es posible realizar la verificación constitucional respecto a tales derechos, por cuanto al haberse evidenciado la transgresión al debido proceso en sus elementos de motivación y congruencia, corresponderá que previamente se subsane la deficiencia advertida, no pudiéndose emitir un pronunciamiento de fondo, siendo que las autoridades demandadas deberán emitir un nuevo fallo en el que corresponderá que se analice lo denunciado y la solicitud de ordenarse su reincorporación al cargo de Juez Técnico del Tribunal de Sentencia Penal Segundo del departamento de Oruro; así como la cancelación total de los sueldos devengados desde la fecha de su retiro, correspondiendo al efecto denegar la tutela impetrada, sin haber ingresado al análisis de fondo.