DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0064/2018
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0064/2018

Fecha: 03-Ago-2018

i)

i) De una interpretación literal a la primera parte del texto de la disposición, daría a entender que el gobierno de la AIOC de Salinas pretende crear unidades territoriales contraviniendo el art. 269 de la CPE; no obstante de ello, y del análisis a los demás preceptos contenidos en el presente proyecto de Estatuto, se advierte que en apego a su cosmovisión y autogestión el deliberante decidió crear unidades territoriales descentralizadas a ser administradas por autoridades originarias de sus Ayllus y Markas, como parte de la estructura administrativa de su gobierno, teniendo como una de sus finalidades la gestión y administración adecuada de los recursos económicos conforme a sus normas y procedimientos propios; en consecuencia se advierte que la voluntad del deliberante no es la creación de unidades territoriales propias de la organización territorial del Estado, puesto que tal labor está encomendada a la Asamblea Legislativa Plurinacional como emergencia de la reserva de ley prevista en el art. 269.II de la Norma Suprema.

En vista de ello, no es posible aplicar una interpretación literal sobre dicha disposición y asumir que la misma contraviene a la Norma Suprema, puesto que, como se vio, el sentido del texto dispositivo es la regulación de su estructura administrativa conforme a sus normas y procedimientos propios en pleno ejercicio de su autogobierno; por lo que, dicha regulación no vulnera los preceptos constitucionales; en consecuencia, cuando la norma institucional básica de la AIOC de Salinas hace referencia a las unidades territoriales descentralizadas en varias de sus disposiciones, deberá entenderse que estás tienen como objetivo regular sobre su autogestión y administración de sus recursos en apego a sus normas y procedimientos propios como expresión de su autogobierno indígena originario.