SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0731/2019-S3
Fecha: 10-Oct-2019
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 84/2019 de 5 de junio, cursante de fs. 214 a 219 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Juan de Dios Doria Medina Cavero, Edwin Escobar Gutiérrez, Luis Edmundo Garrón Carbajal y Edwin Rodolfo Rodríguez Pérez contra José Never Romero Arias, Franklin Arancibia Peñaranda, Eulogio Quintana Humerez, Sandro Paniagua Vargas y Teófilo Plaza Calvimontes, Presidente, Vicepresidente, Secretario y Vocales respectivamente del Consejo Disciplinario; Gonzalo Velasco Campos, Jhonny Armando Estrada Morales, Álvaro Joaquín Reynolds Rico, Ariel Lagrava Ugarte y Edwin José Saucedo Serrano, miembros del Directorio, de la gestión 2018-2019; y, Mario Torres Valencia, Secretario de Gobierno, Walter Poquechoque Aguilar, Secretario de Relaciones, Gil Calderón Salinas, Secretario de Hacienda y Grover Basagoitia Chacón, Secretario de Transporte, integrantes del Directorio gestión 2019-2020, todos del Sindicato Regional de Chóferes Sucre “Transporte Pesado”.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- III.
- Fragmento 22
- III.1. El derecho al debido proceso y a la defensa en procesos administrativos disciplinarios
- garantía del debido proceso
- III.2. El derecho a la doble instancia vinculado al derecho a la defensa
- III.3. Análisis del caso concreto
- “CASO FUE DERIVADO A LA FEDERACIÓN, QUE LA DECISIÓN ASUMIDA POR LA ASAMBLEA ES MAGNA POR LO QUE NO PUEDEN DECIDIR NADA…”
- Fragmento 28
- CONFIRMAR