SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0731/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0731/2019-S3

Fecha: 10-Oct-2019

II.5.

II.5.   De acuerdo al Acta 006 de 17 de abril de 2019, de Verificación de Respuesta a memoriales de 16 de abril de igual año, consta que Juan de Dios Doria Medina Cavero, Edwin Escobar Gutiérrez y Luis Edmundo Garrón Carbajal se constituyeron en Secretaría del Sindicato Regional de Choferes Sucre “Transporte Pesado”; en la que Jhonny Armando Estrada Morales y Jimena Barrón, Secretario de Hacienda y Secretaria, ambos del Sindicato mencionado, informaron que los memoriales dirigidos al Presidente y Miembros del Concejo Disciplinario, en el que reiteraron que la solicitud de fotocopias legalizadas, no fueron providenciados “a la fecha” (fs. 24). En mérito al Acta 008 de 24 de abril del mismo año, consta que Jhonny Armando Estrada Morales, Secretario de Hacienda, informó que los memoriales en los que se peticionó por segunda vez fotocopias legalizadas no fueron providenciados (fs. 26). Según Acta 012/2019 de 10 de mayo, la Secretaria del Sindicato informó que los memoriales en los que se solicitaron fotocopias legalizadas no contaban con respuesta y el recurso de apelación interpuesto por Edwin Rodolfo Rodríguez Pérez, no fue remitido a la instancia correspondiente (fs. 28). Por el contenido del Acta de 016/2019 de 16 mayo, se informó que los memoriales de solicitud de fotocopias legalizadas, no fueron providenciados y en relación a la apelación incoada por Edwin Rodolfo Rodríguez Pérez, ocurrió lo mismo. Asimismo, en relación al pedido de que sean habilitados para recibir carga, Mario Valencia Torres, Grover Basagoitia Chacón, Gil Calderón Salinas, Secretario General, de Transporte y Hacienda informaron que Juan de Dios Doria Medina Cavero, Edwin Escobar Gutiérrez, Luis Edmundo Garrón Carbajal y Edwin Rodolfo Rodríguez Pérez no estaban habilitados debido a la sanción emergente de la Asamblea General Ordinaria y que su caso fue derivado a la Federación Departamental de Chóferes de Chuquisaca, instancia que resolvería los recursos planteados. De igual manera, la Secretaria de la Federación predicha, informó que no existe un tribunal de honor constituido y que el mismo recién se conformaría (fs. 29). Finalmente, en razón del Acta 017/2019 de 20 de igual mes, se hizo constar que los accionantes se constituyeron en oficinas de Severino Condori, Secretario General de la Federación Departamental de Chóferes aludida, quien informó que no cuentan “a la fecha” con dicho tribunal y que recién se conformaría el miércoles 22 del mismo mes y año (fs. 30).