SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0947/2019-S2
Fecha: 15-Oct-2019
II.5.
II.5. En el transcurso del proceso de saneamiento ejecutado en el área durante todos estos años, se emitieron varias resoluciones, se anularon obrados, resoluciones y actuados, se hicieron diversos controles de calidad, impugnaciones por la vía administrativa, se realizó una Evaluación Técnico Jurídico y al menos tres Informes en Conclusiones con diferentes sugerencias en base a información desemejante, obtenida en cada oportunidad respecto a los resultados del proceso de saneamiento; así en la acción de amparo constitucional y en la respectiva audiencia se expuso como un aspecto controversial y central, la vigencia o no de la Resolución Administrativa RA-DN-UFA 004/2011 de 12 de septiembre, la que dispuso anular obrados hasta la citada Evaluación de 29 de agosto de 2004, dejando sin efecto algunas actuaciones de campo. Dispone, además, medidas precautorias de no consideración de transferencias y prohibición de fraccionamiento de propiedades medianas y empresas agropecuarias en superficies menores a la máxima para la pequeña propiedad y fundamentalmente hace referencia de actuaciones que constituirían fraude en el cumplimiento de la FES (fs. 67 a 72).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 17
- debido proceso
- incluyendo también a los procesos administrativos, donde todo su desarrollo queda vinculado al debido
- el derecho protector de los demás derechos
- se vulnera el derecho a la eficacia de los fallos, cuando se produce un incumplimiento total o parcial de los mismos, o cuando pretendiendo cumplirlos se da un alcance diferente o distorsionado al establecido en el fallo
- en la parte resolutiva, es decir, en la medida de lo determinado
- III.3. Análisis del caso concreto
- Resolución Administrativa Nro. 13/2016 de 28 de enero de 2016
- ambas anulando obrados
- Resolución Administrativa RES.ADM. RA SANT TCO 012/2014
- dejando sin efecto la RA 013/2016
- Fragmento 28
- CONFIRMAR
- CORRESPONDE A LA SCP 0947/2019-S2 (viene de la pág. 19)
- MAGISTRADO