SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0979/2019-S1
Fecha: 04-Oct-2019
SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero
La jurisprudencia contenida en las Sentencias Constitucionales Plurinacionales 2221/2012 y 0100/2013, citadas anteriormente, fue modulada por la SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero –en casos de resoluciones judiciales o administrativas de última instancia, que conoce la justicia constitucional, dado el carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional–; la cual, entendió que únicamente es posible conceder la tutela y disponer la nulidad de la resolución judicial o administrativa, ordenando se emita otra nueva, ante la denuncia de arbitraria o insuficiente fundamentación; previo análisis de la incidencia de dicho acto supuestamente ilegal en la resolución que se está cuestionando a través de la acción de amparo constitucional; es decir, previo análisis de su relevancia constitucional, por cuanto, si no tiene efecto modificatorio en el fondo de la decisión, la tutela concedida por este Tribunal, únicamente tendría como efecto el que se pronuncie una nueva resolución con el mismo resultado; en ese sentido, en el Fundamento Jurídico III.1, indicó que:
- acción de amparo constitucional
- Junta de Conciliación
- Laudo Arbitral JDTSC/LA/JI/ 001/2019 de 5 de mayo
- NO HUBO ACUERDO ENTRE PARTES
- prueba documental
- 1)
- i)
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1. Sobre la necesidad de relevancia constitucional para abrir el ámbito de protección de la acción de amparo constitucional
- los errores o defectos de procedimiento que materialmente no lesionan derechos y garantías fundamentales no tienen relevancia constitucional
- el error o defecto procesal será calificado como lesivo del derecho al debido proceso, sólo en aquellos casos en los que tengan relevancia constitucional, es decir, cuando provoquen indefensión material a la parte procesal que los denuncia y sea determinante para la decisión final adoptada, ya sea en un proceso judicial o un proceso administrativo interno
- III.2.
- Fragmento 17
- arbitrariedad puede estar expresada en una decisión: 1) Sin motivación, cuando la resolución no da
- SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero
- relevancia constitucional
- III.3.
- Laudo Arbitral JDTSC/LA/JI/ 001/2019
- Respecto a la primera problemática planteada
- pago de refrigerio
- pueden fijar el incremento salarial de hasta el cinco punto cinco por ciento (5.5%), según su disponibilidad y sostenibilidad
- incremento salarial
- Respecto a la tercera problemática planteada
- Respecto a la cuarta problemática planteada
- A efecto de dar cumplimiento a lo establecido en el presente Decreto Supremo, se faculta a las entidades públicas, efectuar las modificaciones presupuestarias que correspondan
- Respecto a la quinta problemática planteada
- Fragmento 31
- MAGISTRADA
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)