SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1007/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1007/2019-S4

Fecha: 27-Nov-2019

En el Punto 1

En el Punto 1, el anotado fallo evidentemente realizó el análisis y la interpretación del art. 571 del sustantivo Civil, luego de lo cual, examinó y valoró el contrato objeto de la Litis, cursante de fs. 2 a 3 del expediente, concluyendo luego que, el plazo de los quince días establecidos en la Cláusula Octava, para el pago del saldo de $us55 000.- (cincuenta y cinco mil dólares estadounidenses), no era esencial, de manera que, la demora en dicho plazo, no acreditaría la resolución contractual extrajudicial; razonamiento aplicado también respecto al reclamo de omisión de valoración integral del indicado documento, que establecía que, vencido dicho plazo los promitentes podían vender el inmueble a otros interesados; señalando además, en cuanto al reajuste del precio convenido, que el mismo fue tópico en la demanda o contestación, salvando a la vía correspondiente el análisis de dicho tema, con lo que concluyó que, el recamo al respecto carecía de relevancia.