SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1007/2019-S4
Fecha: 27-Nov-2019
i)
A su vez, la SCP 2221/2012 de 8 de noviembre y SCP 0100/2013 de 17 de enero, desarrollaron el contenido esencial del derecho a contar con una resolución fundamentada y motivada, independientemente si la resolución es judicial, administrativa o de cualquier naturaleza, precisando que sus finalidades implícitas son las siguientes: i) El sometimiento manifiesto a la Constitución, conformada por: i.a) La Constitución formal; es decir, el texto escrito; y i.b) Los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos que forman el bloque de constitucionalidad; así como a la ley, traducido en la observancia del principio de constitucionalidad y del principio de legalidad; ii) Lograr el convencimiento de las partes que la resolución en cuestión no es arbitraria, sino por el contrario, observa: El valor justicia, los principios de interdicción de la arbitrariedad, de razonabilidad y de congruencia, iii) Garantizar la posibilidad de control de la resolución en cuestión por los tribunales superiores que conozcan los correspondientes recursos o medios de impugnación; iv) Permitir el control de la actividad jurisdiccional o la actividad decisoria de todo órgano o persona, sea de carácter público o privado por parte de la opinión pública, en observancia del principio de publicidad; y, v) La observancia del principio dispositivo, que implica la otorgación de respuestas a las pretensiones de las partes.
El recurso de casación formulado por los demandados en el proceso ordinario ya referido –ahora accionante– contra el AS 117/2019, fue interpuesto por las siguientes causales: i) Violación, interpretación errónea y aplicación indebida de la ley; y, ii) Error de hecho y de derecho en la apreciación y valoración de la prueba.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió en parte
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- i)
- III.2. Análisis del caso concreto
- a.1)
- i.a)
- En el Punto 1
- En el Punto 2
- En el Punto 3
- En el Punto 4
- En el Punto 5
- En el Punto 6
- En el Punto 7
- CONFIRMAR
- 1° CONCEDER