SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1102/2019-S2
Fecha: 11-Dic-2019
II.12.
II.12. Ante la Resolución descrita en la Conclusión II.3, mediante memorial presentado el 6 de septiembre de 2018, los impetrantes de tutela, además de Adhemar Franklin Torres Condori, interpusieron recurso jerárquico ante el Director Departamental a.i. del INRA de Tarija, manifestando que se estaría protegiendo un supuesto derecho propietario de una parte en desmedro de otros, que no se consideraron las mejoras existentes en el predio y que se hizo referencia a una norma ya derogada como es la Disposición Final Vigésima; en tal sentido, argumentaron la violación al debido proceso en sus elementos de fundamentación, motivación y congruencia y al principio de seguridad jurídica. Asimismo, hicieron referencia a la falta de consideración de personas de la tercera edad que eran objeto del desalojo dispuesto (fs. 29 al 39).
- acción de amparo constitucional
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- i)
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- concedió
- I.3. Trámite de ampliación de plazo
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- II.18.
- II.19.
- II.22.
- no ser parte del proceso de saneamiento en el área
- III.1. La motivación y fundamentación de las resoluciones como elementos del debido proceso
- Fragmento 29
- arbitrariedad puede estar expresada en una decisión: a) Sin motivación, cuando la resolución no da razones que la sustenten; b) Con motivación arbitraria, cuando se basa en fundamentos y consideraciones meramente retóricas o deviene de la valoración arbitraria, irrazonable de la prueba, o en su caso, de la omisión en la valoración de la prueba aportada en el proceso; c) Con motivación insuficiente, cuando no se da razones de la omisión de pronunciamiento sobre los planteamientos de las partes; y, d) Por la falta de coherencia del fallo, se da: d.1) En su dimensión interna, cuando no existe relación entre las premisas -normativa y fáctica- y la conclusión -por tanto-
- SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero
- relevancia constitucional
- Fragmento 33
- III.2. El derecho al debido proceso y defensa en el ámbito administrativo
- Fragmento 35
- Fragmento 36
- no ser parte del proceso
- reiteraron la solicitud expresa anterior de notificación realizada con la resolución final de saneamiento
- Fragmento 39
- Fragmento 40
- CONFIRMAR
- ii)
- 3° Exhortar
- MAGISTRADO
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)