SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1102/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1102/2019-S2

Fecha: 11-Dic-2019

II.19.

II.19. Ante el recurso jerárquico interpuesto, la Directora Nacional a.i. del INRA, Eugenia Beatriz Yuque Apaza, mediante Resolución Administrativa 188/2018 de 11 de octubre, rechaza el mismo y en consecuencia confirma la Resolución Administrativa RES.ADM.RA-TJA 129/2018, argumentando al efecto a los puntos recurridos de la manera siguiente: i) Sobre la falta de fundamentación expresa que las observaciones del recurso son genéricas y no permiten establecer vulneración al debido proceso del saneamiento ejecutado; ii) En cuanto a la arbitrariedad de la medida precautoria y la existencia de personas de la tercera edad perjudicadas con el desalojo dispuesto, argumentó que el resultado del saneamiento realizado en el predio ya está ejecutoriado y que el Acta de Conciliación de 20 de marzo de 2002, salva expresamente la superficie mensurada a “Juana Portal vda. de Quispe”, no correspondiendo a esa instancia mayor consideración sobre un proceso ya ejecutado; y, iii) Respecto de la existencia de contradicciones en la resolución impugnada, argumenta que al haberse reconocido derecho propietario en favor de Juana Portales, cualquier otra posesión en el área del predio resulta ser ilegal; por lo que, en aplicación de la normativa agraria vigente se dispuso la medida precautoria de desalojo de poseedores ilegales para que la Resolución Suprema producto del proceso de saneamiento, concluya con la titulación conforme a procedimiento (fs. 32 al 39).