Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0059/2019-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0059/2019-S1

    Fecha: 03-Abr-2019

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
    • 1)
    • i)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6
    • por Auto 79/2017
    • A través de este principio se obtiene la concordancia entre el petitum de las partes y la decisión asumida por el juez o tribunal; quedando entendido que los mismos no pueden modificar el petitorio ni los hechos planteados en la demanda
    • “…la estricta correspondencia que debe existir entre lo peticionado y lo resuelto; ahora bien, esa definición general, no es limitativa de la coherencia que debe tener toda resolución, ya sea judicial o administrativa, y que implica también la concordancia entre la parte considerativa y dispositiva: sino que además, debe mantenerse en todo su contenido, efectuando un razonamiento integral y armonizado entre los distintos considerandos y razonamientos contenidos en la resolución.
    • por Auto 79/2017 de 21 de marzo
    • Sala Primera del Tribunal Agroambiental
    • recurso de reposición formulado contra el Auto 57/2017
    • Auto 79/2017
    • exhaustividad
    • la estricta correspondencia que debe existir entre lo peticionado y lo resuelto
    • Resolución de todas las pretensiones oportunamente deducidas.
    • III.3..Respecto a la falta de notificación a los ex Magistrados de la Sala Primera del Tribunal Agroambiental
    • III.4. Otras consideraciones
    • CONFIRMAR  en parte
    • 2°  DENEGAR

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca