SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2019-S4

Fecha: 05-Abr-2019

Fragmento 26

Los Vocales ahora demandados, mediante Auto de Vista 112/2018, confirmaron la Resolución impugnada, desarrollando en principio una argumentación doctrinal referida a la distinción entre prescripción, caducidad y duración máxima del proceso; y, en el apartado tercero, consideraron los alcances y el contenido de la pretensión del ahora accionante (parte ejecutada), para luego sostener que en el caso particular, el planteamiento de la prescripción es a todas luces inconsistente, porque contiene el único argumento de haberse dejado el proceso en inactividad por más de ocho años; empero, de acuerdo a la argumentación doctrinal, la prescripción no consiste en la pérdida de derecho o la acción jurisdiccional, sino que se refiere a la pérdida del derecho material y, dentro del sistema procesal civil abrogado, a falta de un plazo para ejecutar la sentencia, la misma debe efectivizarse dentro del tercero día, con la posibilidad de proceder al embargo, secuestro de los bienes hasta la subasta y remate de los mismos, de modo que el legislador no generó ninguna norma que establezca un plazo de caducidad y menos de prescripción para la ejecución de la sentencia dictada en un proceso ejecutivo; es decir, no existe norma que fije un modo de extinción del derecho de acceso a la jurisdicción encaminada a la ejecución forzosa de un fallo ejecutoriado, lo que implica que ninguna norma permite declarar la caducidad para ejecutar una sentencia; asimismo, examinar la prescripción por haber inactividad por más de ocho años, tampoco resulta “prosperable y compatible” (sic), ya que la permisión contenida en el art. 1497 del CC, se encuentra sometida a la condición de estar probada, lo que no acontece en el caso de autos, debido a que la demanda ejecutiva civil constituye causal de interrupción de la prescripción, más aun si la decisión adquirió la calidad de cosa juzgada formal y material.