SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2019-S4

Fecha: 05-Abr-2019

II.2.

II.2.    Por memorial presentado el 6 de abril de 2016, la parte ejecutada formuló excepción de prescripción de la acción civil, gravamen y su cancelación en DD.RR., alegando que la acción se encuentra prescrita porque el proceso se encuentra inactivo por más de ocho años, conforme establecen los arts. 1495 y 1497 del CC, ya que la pretensión se puede oponer en cualquier estado de la causa, puesto que los derechos reclamados emergen de un contrato suscrito el 22 de febrero de 2006, en el que la obligación de cumplir lo pactado tenía una duración de un año; y, en el caso particular, la prescripción se da por la inactividad del proceso por más de ocho años desde la última notificación, sin que hubiese existido ningún acto que pudiese haber interrumpido; consiguientemente, la autoridad judicial, mediante decreto de 28 de abril de 2016, dispuso estése al Auto de 17 de marzo del mismo año (fs. 117 a 118 vta.).