Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0170/2019-S1
Fecha: 26-Abr-2019
d)
d) Ya en dependencias de la ANB y previamente al despacho de la mercancía en cuestión, la entidad estatal procedió a realizar las cuestionadas observaciones; por lo que, el vehículo no salió de almacenes aduaneros, concluyéndose que tampoco, luego de la recepción de la mercancía el demandante realizó tráfico y menos sin la documentación legal, como erróneamente concluyeron la Administración Aduanera y las instancias de impugnación tributaria;
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- los elementos jurídico-legales
- exponer los hechos, realizar la fundamentación legal y citar las normas que sustenta la parte dispositiva de la misma
- En cuanto a la motivación
- debe ineludiblemente exponer los motivos
- 2)
- III.3. Jurisprudencia reitera sobre la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- g)
- h)
- inciso c)
- inciso a)
- inciso b)
- 9 de marzo de 2018