SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0182/2019-S3
Fecha: 16-Abr-2019
simulación absoluta
Ahora bien, conforme a la problemática expuesta por el accionante se advierte que las autoridades demandadas declararon la nulidad del Título Ejecutorial PPD-NAL-0462360 del predio “La Patilla”, en consideración a la evidencia de una simulación absoluta, respecto a que uno de los colindantes no existiría, que resultaría contradictorio que se hubiera suscrito al Acta de conformidad de lindero respecto del colindante Adrián Wilfredo Corrales Valdivieso, siendo asimismo extraña la ausencia de fotografías de vértices prediales GPS sobre un predio sin nombre, sustentando en base a los informes emitidos por el SERECI y SEGIP la inexistencia de registro con ese nombre, siendo tales irregularidades suficientes de simulación al no ser desmentidas de forma alguna por la parte demandada -ahora accionante-, encontrándose en consecuencia dicha valoración revestida de suficiente motivación, apoyándose en certificaciones de las distintas instituciones -SERECI y SEGIP- que tienen a su cargo registros de identidad, deduciendo además que el acta de conformidad de lindero no se pudo haber suscrito por persona que no existe. Asimismo, sobre la falsedad del Acta de Vacunación Contra la Fiebre Aftosa Dpto. De Tarija 021598 extendido por SEDESA, concretamente aquella que verifica la existencia de ganado menor -ovejas y chivos-, explicó que la misma fue desconocida por la institución que lo habría extendido, explicación brindada de manera suficiente, pues sostuvieron que dicha Acta no hubiera sido objeto de análisis y valoración en el Informe en Conclusiones 93/2014, además que se cuestionaba su autenticidad debido a que sería considerada falsa por la institución que la emitió (ver Conclusión II.5), quedando claramente establecido que se cumplió con la fundamentación necesaria al respecto; y, con relación a que las fotografías que corresponderían a otro predio, la Sentencia Agroambiental Plurinacional S1a 11/2018, conforme a las pruebas obtenidas considera la no existencia de fotografías de los vértices prediales de colindancia entre el propietario y Adrián Wilfredo Corrales Valdivieso, concluyendo que no se cumplió con el protocolo de actuación establecido en el art. 42 de las Normas Técnicas para el saneamiento de la propiedad agraria, Conformación de Catastro y Registro de Tierras, aprobadas, mediante RA 291/2004 de 14 de octubre, advirtiéndose la justificación del porqué de la no validez de algunas fotografías, elementos que permiten determinar a esta jurisdicción, no ser evidente la impertinencia alegada, menos el apartamiento del debido proceso en sus elementos de fundamentación y motivación.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Respecto al punto uno
- En cuanto al punto dos
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III.1.
- 1) El sometimiento manifiesto a la Constitución, conformada por: 1.a) la Constitución formal; es decir, el texto escrito; y, 1.b) Los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos que forman el bloque de constitucionalidad; así como a la ley, traducido en la observancia del principio de constitucionalidad y del principio de legalidad; 2) Lograr el convencimiento de las partes que la resolución en cuestión no es arbitraria, sino por el contrario, observa: el valor justicia, el principio de interdicción de la arbitrariedad, el principio de razonabilidad y el principio de congruencia; 3) Garantizar la posibilidad de control de la resolución en cuestión por los tribunales superiores que conozcan los correspondientes recursos o medios de impugnación; 4) Permitir el control de la actividad jurisdiccional o la actividad decisoria de todo órgano o persona, sea de carácter público o privado por parte de la opinión pública, en observancia del principio de publicidad
- Fragmento 20
- III.2. Análisis del caso concreto
- nulidad absoluta
- a) En relación a la causal de nulidad del título ejecutorial por simulación absoluta, mediante acto aparente que contradice la realidad
- b) En relación a la causal de nulidad de título ejecutorial por mediar en su organización ausencia de causa, ser falsos los hechos y el derecho invocados
- Fragmento 25
- simulación absoluta
- ausencia de causa por no evidenciarse posesión, a partir del documento de compraventa de 14 noviembre de 2006
- Fragmento 28
- Fragmento 29
- III.2.2. Respecto a la denunciada incongruencia de la
- la congruencia interna
- CONFIRMAR