SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0237/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0237/2019-S1

Fecha: 07-May-2019

III.2. Derecho al debido proceso en su elemento de juez natural e imparcial

La SCP 0809/2018-S1 de 28 de noviembre, citando la SCP 0587/2015-S1 de 5 de junio, sobre esta temática, señaló: “El art. 120.I de la CPE, refiere al respecto que: ‘Toda persona tiene derecho a ser oída por una autoridad jurisdiccional competente, independiente e imparcial, y no podrá ser juzgada por comisiones especiales ni sometida a otras autoridades jurisdiccionales que las establecidas con anterioridad al hecho de la causa’.

Entendimiento que conforme lo desarrolló la SCP 0094/2015-S1 de 13 de febrero: ...se halla en armonía con normas internacionales ratificadas por Bolivia, entre ellos la Convención Americana sobre Derechos Humanos que en su art. 8.1, referido a las garantías judiciales establece: «Toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, por un Juez o tribunal competente, independiente e imparcial, establecido con anterioridad por la ley.