SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0237/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0237/2019-S1

Fecha: 07-May-2019

La Gral. Ejto. Gina Reque Terán Gumucio y el Gral. Ejto. Luis Orlando Ariñez Bazzan

Asimismo, tal cual se establece de la Conclusión II.10 de este fallo constitucional, la misma General Gina Reque Terán Gumucio, firmó la Resolución 092/2016 de 25 de noviembre, en su calidad de Vicepresidenta del Tribunal Superior de las FF.AA., que resolvió el recurso de apelación, interpuesto por el ahora impetrante de tutela contra la Resolución 105/2015, deciden confirmar el citado fallo disponiendo mantener firme y subsistente la sanción de pérdida de antigüedad de seis meses en contra del “Sr. TCNL. DEM. JAIME VASQUEZ SANCHEZ”, sin embargo en la misma Resolución, en su apartado se introdujo la leyenda que dice: “…La Gral. Ejto. Gina Reque Terán Gumucio y el Gral. Ejto. Luis Orlando Ariñez Bazzan, se abstuvieron de votar, conforme el Art. 52 del Reglamento del Tribunal Superior del Personal de las FF.AA. CJ-RGA-220, siendo la votación unánime de los facultados para el efecto” (sic).

Asimismo, tal cual se establece de la Conclusión II.10 del presente fallo constitucional, el mismo General Luis Orlando Ariñez Bazzan, firmó la Resolución 092/2016 de 25 de noviembre, en su calidad de Vocal del Tribunal Superior de las FF.AA., que resolvió el recurso de apelación, interpuesto por el hoy solicitante de tutela contra la Resolución 105/2015, determinaron confirmar el citado fallo y disponiendo mantener firme y subsistente la sanción de pérdida de antigüedad de seis meses en contra del Jaime Vásquez Sánchez; sin embargo, en la misma Resolución, en su apartado Tercero, se introdujo la leyenda que dice: “…La Gral. Ejto. Gina Reque Terán Gumucio y el Gral. Ejto. Luis Orlando Ariñez Bazzan, se abstuvieron de votar, conforme el Art. 52 del Reglamento del Tribunal Superior del Personal de las FF.AA. CJ-RGA-220, siendo la votación unánime de los facultados para el efecto (sic).

Por otra parte, tal cual se establece en la Conclusión II.12 de ésta Sentencia Constitucional Plurinacional, también se evidencia que el General Luis Orlando Ariñez Bazzan en su calidad de Presidente del Tribunal Superior del Personal de las FF.AA. del Estado suscribió la Resolución 030/2017 de 25 de septiembre, que resolvió el recurso de aclaración, explicación y enmienda interpuesto por el hoy accionante, determinando confirmar las Resoluciones 092/2016 de 25 de noviembre, 105/15 y la 760/2014.