SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0278/2019-S4
Fecha: 29-May-2019
II.2.
II.2. En cumplimiento a la Resolución Ministerial Jerárquica MEPF/VPSF/IRJ-SIREFI 025/2016, la Directora Ejecutiva a.i. de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero, pronunció la Resolución ASFI/ 393/2016 de 9 de junio, desestimando el cargo imputado al Banco Mercantil Santa Cruz S.A., y rechazando el pago de daños y perjuicios, requerido por el impetrante de tutela; dicha determinación fue objeta a través de recurso de revocatoria que concluyó con la emisión de la Resolución ASFI/ 993/2016 de 14 de octubre, que confirmó el fallo impugnado, ameritando la interposición de recurso jerárquico que mereció la Resolución Ministerial Jerárquica MEFP/VPSF/URJ-SIREFI 015/2017 de 27 de marzo, por la que se confirmó totalmente la decisión objetada, disponiéndose además en su Artículo Segundo, que la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero, se pronuncie por cuerda separada sobre los alegatos expuestos por el entonces recurrente, que no fueron resueltos por referida Resolución, en especial, con referencia a la trascendencia de la solicitud a la que refería la nota CECBB-C-0249/14 de 4 de abril (fs. 189 a 304).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- derecho fundamental
- principio
- garantía jurisdiccional
- III.2. Aplicación preferente de la ley especial sobre la general
- III.3. El principio de informalismo de la jurisdicción administrativa y su vinculación con el principio de impulso de oficio, como garantía del derecho de acceso a la justicia en prevalencia del derecho sustancial sobre el formal
- traduce la regla jurídica in dubio pro actione, o sea, de la interpretación mas favorable al ejercicio al derecho a la acción, para asegurar, más allá de las dificultades de índole formal, una decisión sobre el fondo de la cuestión objeto del procedimiento…
- III.4. Análisis del caso concreto
- jerarquía
- en toda tramitación de procedimientos administrativos
- 3º Ordenar