Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0349/2019-S4
Fecha: 05-Jun-2019
II.12.
II.12. A través de memoriales presentados 11, 26 de junio y 2 de julio –este último no cuenta con fecha de presentación– todos de 2018, el accionante, dirigiéndose al Juez de Ejecución Penal Primero de El Alto, previa denuncia del peligro que correría su vida y poniendo en antecedente el tiempo que llevaba recluido en el Centro Penitenciario San Pedro de Chonchocoro de La Paz, como efecto de dos sentencias condenatorias que pesan en su contra, solicitó de manera “URGENTE”, se considere en audiencia la aplicación del beneficio de libertad condicional –en el memorial de 2 de julio citado, también requirió redención– (fs. 3 a 6).
- acciones de libertad
- I.1.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- denegó
- I.2.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- I.3.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.4. Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- III.2. Las facultades del Juez de Ejecución Penal y la aplicación excepcional del principio de subsidiariedad
- ii)
- En cuanto al Director del SEPDEP codemandado:
- inc. b)
- III.4. Los efectos de la Sentencia Constitucional Plurinacional
- REVOCAR
- 2°