SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0406/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0406/2019-S2

Fecha: 24-Jun-2019

II.5.

II.5.    Abierto el periodo probatorio respectivo y, producida la prueba respectiva, la Jueza demandada, pronunció la Resolución 08-B/2017 de 12 de enero, por la que declaró improbada la oposición formulada por la impetrante de tutela, “por no ajustarse a derecho ni a la línea jurisprudencial” (sic), determinando continuar el trámite respectivo con las formalidades de ley; sustentando la decisión, entre otros, que en el caso, el desapoderamiento respondía a la ejecución de la Resolución 097-B/2016, que adquirió la calidad de cosa juzgada; y, que conforme a jurisprudencia constitucional los terceros debían acreditar derecho propietario de ocupante o poseedor del bien inmueble a fin que el juez de o no lugar a la oposición; empero, en el asunto, la peticionante no adjuntó documental original o fotocopias legalizadas para corroborar su pretensión; resultando aplicable el art. 91 del Código Penal (CP), que regula que la restitución de los bienes del ofendido le serán entregados aunque sea por un poseedor (fs. 161 a              162 vta.).