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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0444/2019-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0444/2019-S1

    Fecha: 24-Jun-2019

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    • acción de amparo constitucional
    • CONSTRUCCIÓN MEJORAMIENTO CAMINO VINTO SACAMBAYA, TRAMOS VINTO-ESTANCIA SAYARI CUEVA
    • I.1.2. Derechos, principios y garantía supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • i)
    • concedió en parte
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III.1. Sobre la motivación y fundamentación de las resoluciones como elementos del debido proceso
    • b.2) Del mismo modo, verbigracia, cuando una resolución en sentido general (judicial, administrativa, etc.) sustenta su decisión con fundamentos y consideraciones meramente retóricas, basadas en conjeturas que carecen de todo sustento probatorio o jurídico alguno, y alejadas de la sumisión a la Constitución y la ley, se está ante una 'motivación arbitraria'.
    • toda autoridad que dicte una resolución, debe imprescindiblemente exponer los hechos, realizar la fundamentación legal y citar las normas que sustentan la parte dispositiva de la misma, por cuanto la estructura de una resolución tanto en el fondo como en la forma, dejará pleno convencimiento a las partes de que se ha actuado no sólo de acuerdo a las normas sustantivas y procesales aplicables al caso, sino que la decisión está regida por los principios y valores supremos rectores que orientan al juzgador, eliminándose cualquier interés y parcialidad, dando al administrado el pleno convencimiento de que no había otra forma de resolver los hechos juzgados sino de la forma en que se decidió
    • Fragmento 17
    • Fragmento 18
    • Sobre este agravio, los Vocales demandados
    • El segundo agravio
    • En relación a este agravio, los Vocales demandados, manifestaron que
    • El tercer agravio,
    • Respecto a este agravio las autoridades demandadas refirieron que
    • Respecto al cuarto agravio
    • ingresando al análisis de las problemáticas planteadas en el presente fallo constitucional, se tienen que en relación a la primera,
    • segundo punto de la
    • tercer punto de la problemática
    • Fragmento 28

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