SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0627/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0627/2019-S2

Fecha: 01-Ago-2019

mientras se encuentre pendiente el proceso

Ahora bien, la intervención de sujetos originariamente no demandantes, ni demandados procede mientras se encuentre pendiente el proceso, para aquel que acredite tener interés legítimo en el resultado y los efectos del litigio (art. 50.II del CPC); no obstante, la solicitud de intervención no retrotrae, ni suspende el desarrollo del juicio (art. 50.III del mismo cuerpo legal).