SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0628/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0628/2019-S2

Fecha: 01-Ago-2019

de los reclamos expuestos en el recurso de apelación

En este contexto, se tiene que el Juez demandado denegó la solicitud de cesación o modificación de la detención preventiva, a través del Auto Interlocutorio 23/2019 (Conclusión II.2), que fue impugnado en grado de apelación (Conclusión II.3), lo que provocó la emisión del Auto de Vista 06/2019 de 11 de febrero, emitida por los Vocales ahora demandados (que confirmó el aludido auto), correspondiendo el examen a partir de esta última decisión; por cuanto, a través de ésta se atendieron los reclamos que el impetrante de tutela expuso respecto al pronunciamiento del Juez. Consecuentemente, corresponde emitir un pronunciamiento en lo atinente al contenido de los reclamos expuestos en el recurso de apelación y el Auto de Vista 06/2019.

Bajo tales razonamientos, conviene de forma previa, establecer que la libertad del accionante se encuentra en tela de juicio, vinculada particularmente a la impugnación del Auto Interlocutorio 23/2019, que de forma directa afectó su libertad al rechazar la cesación de la detención preventiva del impetrante de tutela; por lo que, en observancia del fundamento jurídico III.1 del presente Fallo, se tiene por cumplido el presupuesto jurisprudencialmente establecido a efectos de tutelar el debido proceso a través de ésta acción de libertad, al existir una vinculación directa del acto lesivo (falta de motivación y fundamentación del Auto de Vista 06/2019 de 11 de febrero), con el derecho a la libertad del impetrante de tutela, según se ha descrito.