SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0628/2019-S2
Fecha: 01-Ago-2019
Fragmento 26
Ahora bien, del acta de audiencia pública de apelación del rechazo a la cesación de detención preventiva (Conclusión II.3), se aprecia que el accionante, fundamentó su recurso señalando que: Existió una defectuosa valoración de “…los nuevos elementos llevados a cesación…” (sic); toda vez que, efectuados “…actos investigativos…” (sic), la madre de la víctima ingresó a su domicilio, donde la visibilidad “es cero”; asimismo, en la inspección realizada no se encontró ninguna colilla de cigarro, ni se verificó la existencia de ninguna movilidad o garaje que pudieran respaldar la acusación de ser taxista. Por otra parte, acusó que no se tomó en cuenta el corte de luz que se produjo el día de los hechos y que “…ya se ha mandado a Cochabamba las pericias…” (sic), además del error de tipo que se originó en su desconocimiento de la edad que tenía la víctima; e, hizo alusión a que los testigos ya iban a cumplir la mayoría de edad y el enamorado de la víctima ya era mayor de edad.
- acción de libertad
- a)
- 1)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- ii)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- a la vida y a la libertad
- Respecto a las lesiones al debido proceso, la jurisprudencia constitucional ha sido reiterada y uniforme al señalar que la protección que brinda el habeas corpus, ahora acción de libertad no comprende todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción, por operar como causa directa para su restricción o supresión
- …la protección que brinda el art. 18 de la Constitución Política en cuanto al debido proceso se refiere, no abarca a todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad
- debido proceso
- Fragmento 17
- En cuanto al Tribunal de apelación,
- la exigencia de pronunciar una resolución motivada en la que se establezca la concurrencia de los requisitos de validez para determinar la detención preventiva
- III.3
- tiene por objeto
- a través de la acción de amparo constitucional
- pero como producto de la aplicación de una medida cautelar de carácter personal, impuesta dentro del proceso penal seguido en su contra
- a partir de la última resolución
- de los reclamos expuestos en el recurso de apelación
- Fragmento 26
- [2]
- responden
- tras determinarse su culpa o dolo
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO
- todas las autoridades del sistema judicial deberán considerar el testimonio de una niña, niño o adolescente como cierto, en tanto no se desvirtúe objetivamente el mismo