SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0628/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0628/2019-S2

Fecha: 01-Ago-2019

pero como producto de la aplicación de una medida cautelar de carácter personal, impuesta dentro del proceso penal seguido en su contra

Ahora bien, mediante todos los actos y documental puesta en análisis de este Tribunal, adicionalmente de lo argumentado por el accionante, tanto en su memorial, como en audiencia, se tuvo que al momento de interposición de su acción tutelar, efectivamente su derecho a la libertad se encontraba restringido; pero como producto de la aplicación de una medida cautelar de carácter personal, impuesta dentro del proceso penal seguido en su contra; de forma que, no se tiene acreditado que la imputación defectuosa que acusó, sea la causa directa de la privación de su derecho a la libertad, ni que la falta de observación de oficio de las autoridades judiciales, respecto a los defectos que hoy acusa sobre dicha imputación, hayan afectado de manera directa su derecho a la libertad, pues no causaron directamente su restricción; consecuentemente, respecto a la primera problemática planteada, corresponde denegar la tutela, sin ingresar al fondo de su análisis; por ser la acción de amparo constitucional -previo agotamiento de los mecanismos ordinarios-, el medio de defensa idóneo (en arreglo con la jurisprudencia citada), para reparar y subsanar los defectos procesales presuntamente contenidos en los actos del Ministerio Público y la imputación formal; así como cualquier omisión respecto a su observancia de oficio en la que hubiera incurrido el Juez de control jurisdiccional, cuando tales defectos no se encuentran vinculados con el derecho a la libertad por afectarlo directamente.