SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0633/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0633/2019-S4

Fecha: 14-Ago-2019

i)

Carlos Alberto Eguez Añez y Ricardo Torres Echalar, Magistrados de la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, mediante informe escrito remitido vía fax, cursante de fs. 385 a 390 y en original (fs. 477 a 479 vta.), señalaron lo siguiente: i) El AS. 022/2018, fue pronunciado en apego al ordenamiento jurídico en que se funda, al considerar que los juzgadores de instancia, al emitir sus resoluciones, aplicaron correctamente las disposiciones legales en vigencia; ii) La decisión cuestionada a través de la presente acción de defensa, dio respuesta a todos y cada uno de los puntos reclamados en el recurso de casación, contando con la debida fundamentación motivación y congruencia; por lo que, las aseveraciones del accionante al respecto carecen de veracidad y legalidad; iii) Los argumentos esgrimidos en la demanda tutelar no cuentan con asidero legal ni determinan la violación de derecho o garantía alguno; iv) Existe una debida fundamentación y motivación; toda vez que, la resolución objetada, encuentra respaldo en los motivos y fundamentos que derivaron en la determinación asumida, en el marco del debido proceso y la tutela judicial efectiva; y, v) No le corresponde a la justicia constitucional revisar la valoración de la prueba o la aplicación de la norma; facultad atribuida exclusivamente a la jurisdicción ordinaria, conforme dispuso la SC 1358/2003-R de 18 de septiembre; en ese sentido, solicitaron se deniegue la tutela impetrada.