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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0698/2019-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0698/2019-S1

    Fecha: 08-Ago-2019

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • improcedencia
    • 1.2.5. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.2.
    • II.3. .
    • II.4.
    • II.5. .
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • cada autoridad que dicte una Resolución debe imprescindiblemente exponer los hechos, realizar la fundamentación legal y citar las normas que sustenta la parte dispositiva de la misma.
    • Esta exigencia de fundamentar las decisiones, se torna aún más relevante cuando el Juez o Tribunal debe resolver en apelación la impugnación de las resoluciones pronunciadas por las autoridades de primera instancia
    • lo cual implica también el respeto a la igualdad, traducido en la emisión de sus resoluciones debidamente fundamentadas y motivadas, respondiendo a los agravios impugnados por quien recurre en apelación
    • lo que de ninguna manera implica una argumentación innecesaria que abunde en repeticiones o cuestiones irrelevantes al caso, sino que al contrario debe desarrollar, pero con precisión y claridad, las razones que motivaron al juzgador a asumir una determinada resolución, claro está con la justificación legal que respalda además esa situación’”
    • al denunciante o acusador, a quien en lugar de dicho derecho se le reconocen otros como el derecho de acceso a la justicia
    • i)
    • ingresando al análisis de las problemáticas planteadas, en relación a la primera
    • Fragmento 22
    • Con respecto a la segunda problemática establecida en el objeto procesal de este fallo,
    • tercer punto de la problemática,
    • Con respecto a la cuarta problemática
    • III.4.Otras consideraciones
    • Fragmento 27
    • 1° CONCEDER en parte

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