VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0035/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0035/2019

Fecha: 07-Ago-2019

NARIZ DE CANOA

Al respecto, cabe señalar que los datos del proceso demuestran que la tierra y el territorio de la comunidad Nariz de Canoa,  ha sido legalmente reconocido por autoridades competentes y que para ello se llegó a un acuerdo con el pueblo de Santa Ana de Mosetén ante el Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA), el año 2002; producto de ello, en el INRA figura ese acuerdo, es así que “Revisado el predio denominado NARIZ DE CANOA, Expediente Titulado N° I-13904 ubicado en la provincia Sud Yungas, cuarta sección Cantón Palos Blancos del departamento de La Paz, a fojas 548 cursa actuado administrativo con la denominación ‘CONCILIACIÓN DE MOJONES’ de fecha 26 de julio de 2002…”, según se establece en el mismo fallo constitucional (Conclusión II.11, inc. ii).