Auto Constitucional Plurinacional 0037/2019-O de 2 de septiembre
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Auto Constitucional Plurinacional 0037/2019-O de 2 de septiembre

Fecha: 02-Sep-2019

Fragmento 26

           En consecuencia, de todo lo señalado por la jurisprudencia constitucional[2] se puede establecer que existe la posibilidad de plantear una queja por demora o incumplimiento por el accionante, y de sobrecumplimiento por la parte demandada; empero, también puede ser planteada una queja tanto de incumplimiento o sobrecumplimiento por los terceros interesados entre tanto la decisión emergente de este Tribunal tenga repercusión directa en su derechos y cuando demuestre un interés legítimo, o su calidad de terceros interesados; en consecuencia, el trámite que se aplica a las mismas es el establecido por el ACP 0006/2012-O.